EL TS SE PRONUNCIA A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES EN RELACION AL POLEMICO IMPUESTO DE LAS HIPOTECAS

Ayer se hizo pública la STS de fecha 16/10/2018 por la cual se declara que el pago del polémico Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que se debe pagar al formalizar e inscribir un Préstamo Hipotecario, debe ser asumido por el Banco, y no por el Prestatario.

Esto supone un cambio trascendental que afecta a miles de personas que hasta el momento no habían podido reclamar dicho gasto a diferencia del resto de gastos derivados de la formalización de la Hipoteca, como la Notaría, Registro y Gestoría, entre otros.

Con esta nueva Sentencia, se abre la puerta para la reclamación de dicho importe a las Entidades bancarias, y que suele suponer entre un 70% y un 80% del total de los gastos abonados por los Consumidores en este tipo de operaciones.

No obstante, habrá que esperar para saber cuál va a ser el criterio de los diferentes Juzgados y Audiencias provinciales de toda España, por cuanto es un tema polémico y que ha dado lugar a pronunciamientos muy dispares, por lo que habrá que analizar caso para determinar que concurren todos los requisitos necesarios para que prospere la reclamación contra la Entidad u organismo competente.